Compartimos el Acta de la Comisión Nacional de Seguimiento e Interpretación del Convenio Colectivo que establece el alcance de los derechos políticos de las y los docentes regularizadas/os por Art. 73 del CCTDU.
Este Acta es la respuesta de la paritaria nacional a la consulta realizada por la UNSJ con anterioridad a la reforma del Estatuto en 2019: “Esta comisión aclara que a partir de la incorporación a la Carrera Docente por aplicación del Art. 73 del CCT el docente adquiere la totalidad de los derechos políticos».
Desde SiDUNSJ y CONADU expresamos nuestro mayor rechazo a los intentos de avasallar los derechos políticos conquistados gremialmente y consagrados en el ámbito de la Paritaria Docente Local. Este logro histórico fue reconocido por la Comisión Nacional de Seguimiento e Interpretación del Convenio Colectivo, en la que la UNSJ participó suscribiendo el acuerdo a través de los miembros paritarios del CIN. El Acta Acuerdo nacional de la Comisión de Seguimiento e Interpretación del CCTDU no deja lugar a dudas respecto de la responsabilidad institucional de la UNSJ en el cumplimiento estricto de la misma. Cualquier acción en contrario incurriría en violación de derechos laborales políticas, deslealtad patronal y quiebre de la buena fe negocial que sustenta las relaciones paritarias.
LOS DERECHOS LABORALES Y SINDICALES NO SE TOCAN
NI UN SOLO DERECHO LABORAL O SINDICAL AVASALLADO EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN JUAN
POR LA PLENA CIUDADANÍA DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES UNIVERSITARIAS/OS
POR EL PLENO RESPETO DE LAS ORGANIZACIONES GREMIALES Y DE LA PARITARIA
POR LA PLENA Y DEFINITIVA DEMOCRATIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA