El viernes 3 de septiembre pasado se realizó una nueva reunión de Paritaria Local Docente con modalidad presencial, en el Complejo Deportivo “El Palomar”, donde estuvieron presentes representantes de la Universidad Nacional de San Juan y de los gremios docentes. Por el Sindicato de Trabajadores/as Docentes de la UNSJ (SiDUNSJ – CONADU) participaron el secretario general, Esteban Vergalito y la secretaria adjunta, Ivana Guiterman.
 
En esta reunión se trataron temas de suma importancia en cuanto a la regulación de las condiciones de presencialidad en el ámbito de la UNSJ con vigencia hasta la finalización del año académico 2021. La Paritaria acordó:
 
1. Adherir y hacer efectiva la Resolución Conjunta N°4/2021 del Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud de la Nación
 
2. Dejar sin efecto las Res. N° 1284-R-21 y Res. N° 1955-R-21 e instrumentar un nuevo acto resolutivo referido a las dispensas para el personal docente de la UNSJ con enfermedades del tipo inmunodeficiencias, pacientes oncológicos o transplantados, y trabajadoras embarazadas. Para el resto de los casos, el cese de las dispensas quedará sujeto a la colocación de la segunda dosis de la vacuna contra el COVID-19 y transcurrido los 14 días de su inoculación.
 
3. Adherir a la Res. N° 400/2021 del Consejo Federal de Educación, aplicando la Condición Admisible contemplada en esta norma, respetando estrictamente los protocolos vigentes, las condiciones de bioseguridad, edilicias y de trabajo.
 
Detallamos a continuación el criterio de dicha Resolución para el distanciamiento de estudiantes y en espacios comunes:
 
“En el caso de que no sea posible asegurar el distanciamiento de 1.5 m para una presencialidad plena, se tomará una distancia física de 0.90 m entre estudiantes en las aulas, manteniendo el requerimiento de 2 m en los espacios comunes y con el cuerpo docente. En este caso se deberá aumentar el requerimiento de ventilación, no solamente manteniendo abiertas ventanas y puertas sino incrementando el tiempo de ventilación entre clases. Si se cuenta con medidores de CO2, deberán utilizarse para asegurar una adecuada renovación del aire dentro de las aulas.
La reducción de las distancias no se puede aplicar a actividades que se realizan SIN uso de barbijo (por ejemplo, educación física).”
 
4. Adherir y hacer efectiva la Res. N° 60/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación en su Anexo II por lo cual se consideran justificadas las inasistencias por cuidado de menores en edad escolar de acuerdo a las condiciones establecidas en ella. Cada Unidad Académica instrumentará y recepcionará el formulario de notificación ante estos casos.
 
5. Que las solicitudes de licencias y/o dispensas que no hayan sido aprobadas por el Departamento de Control Médico sean tratadas por la Junta Médica como lo estipula el Art. 47 del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal Docente.
 
6. Que las actividades de Educación Física puedan ser realizadas sin la aplicación de burbujas siempre y cuando sean al aire libre.
 
7. La tarea docente presencial estará sujeta a las siguientes condiciones: estricto cumplimiento de los protocolos vigentes, condiciones de bioseguridad y la inoculación de la segunda dosis de la vacuna contra el COVID-19 transcurridos los 14 días de la inoculación.
 
Desde SiDUNSJ, continuamos trabajando por un regreso a la presencialidad de manera cuidada y responsable tanto para estudiantes como para los trabajadores y las trabajadoras docentes de toda la UNSJ. Además, reafirmamos nuestro compromiso gremial con todas las instancias que debemos abordar en este contexto de pandemia, siempre con el resguardo de los derechos laborales de los/as trabajadores/as docentes y el bienestar de la comunidad como horizonte.
 
RESOLUCIÓN CFE N° 400/2021
https://sidunsj.com.ar/wp…/uploads/2021/09/RCFE_400-21.pdf