Este viernes 13 de noviembre, SiDUNSJ, ADICUS y UDA intimaron al Rector de la Universidad Nacional de San Juan, Ing. Oscar Nasisi, a rescindir el convenio celebrado el 21/09 entre la Universidad y el Sindicato de Empleados Públicos (SEP), por entender que implica una grave deslealtad patronal contra las trabajadoras y los trabajadores docentes organizadas/os en los tres sindicatos docentes de la UNSJ.
 
En septiembre de este año, la Universidad y el Sindicato de Empleados de Comercio San Juan (SEP) firmaron un convenio que otorga facultades de representación gremial de las y los trabajadoras/es docentes de la UNSJ a un Sindicato sin representatividad en el sector docente.
 
Ante esta situación, las tres entidades gremiales docentes de la UNSJ señalaron que este convenio constituye un acuerdo manifiestamente ilegal, ya que viola la ley de negociaciones Colectivas Docentes (Ley 23.929), que indica que en el ámbito docente sólo pueden participar de las negociaciones colectivas las asociaciones sindicales representativas de los trabajadores de este sector específico.
 
Además, los tres gremios manifestaron al Rector de la UNSJ que la patronal se adjudicó competencias que le son ajenas. Según indica la Ley 23.551, la facultad de reconocer asociaciones sindicales que representen a los/as trabajadores/as en un determinado ámbito de trabajo está reservada a la autoridad laboral administrativa, es decir, al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. En este sentido, la UNSJ se extralimita al arrogarse la atribución de conceder facultades de representación de los/as docentes de la comunidad universitaria a asociaciones gremiales que carecen de representatividad en este ámbito, al habilitar el uso de códigos de descuento para afiliación y servicios.
 
Es por todo ello que la decisión unilateral de la UNSJ constituye no solamente una evidente práctica patronal desleal, sino también un acto manifiestamente ilegal.
 
En este marco, SiDUNSJ, ADICUS y UDA intimaron hoy al Rector de la UNSJ a que haga uso de la facultad prevista en la cláusula octava del convenio de fecha 21/09 y rescinda el acuerdo en el término de 48hs., demandando además que en el futuro se abstenga de celebrar este tipo de convenios, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales en la Justicia.
 
Desde SiDUNSJ, continuamos ejerciendo la legítima representación del conjunto de las y los docentes de la Universidad Nacional de San Juan, confluyendo en acciones intersindicales que protejan al sector y reclamando a la autoridad universitaria el estricto respeto de las normas laborales y sindicales vigentes.